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14/3/09

Los derechos de los pueblos indígenas explicados para todas y para todos

UNICEF Argentina13.3.2009




Presentación


La Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas es un compromiso político internacional de derechos humanos para la protección de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas. Adoptada en la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre de 2007, es un logro del arduo trabajo realizado por representantes de gobierno, líderes indígenas y organizaciones no gubernamentales. Sus considerandos y artículos son una expresión universal, firme, de los Estados, resultado de un largo proceso de análisis, discusión y búsqueda de consensos con los pueblos indígenas.
Por primera vez se reafirma que el derecho a la tierra y al territorio de los pueblos indígenas es un derecho humano por su relación intrínseca con la naturaleza. Así también, en la Declaración se les reconoce a las comunidades y las familias indígenas su rol en las responsabilidades por la crianza, la formación, la educación y el bienestar de sus niños, niñas y adolescentes. Ellos adquieren su identidad cultural como pertenecientes a un pueblo indígena, en el contextomás amplio, en la comunidad.
La población infantil indígena en la Argentina representa la mitad de la población indígena nacional. Las niñas y los niños son los herederos de culturas milenarias y portavoces de idiomas únicos, que mantienen y enriquecen la diversidad cultural en Argentina y en el mundo, pero, a su vez, constituyen uno de los sectores más vulnerables de la sociedad actual. Es un deber y una responsabilidad de todos contribuir a que sus derechos específicos como niños y niñas indígenas les sean respetados y garantizados.
UNICEF contribuye con este documento a la difusión de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, en la convicción de que ésta es una de las formas de promover los derechos de los niños y las niñas indígenas. Queremos que sea una herramienta de información y guía para los operadores del derecho: jueces, abogados, defensores del pueblo e integrantes de los poderes Legislativo y Ejecutivo. Esperamos que todos los funcionarios de la administración pública inspirados en los contenidos de la Declaración colaboren con su implementación en las diferentes áreas mediante políticas públicas, decisiones judiciales y leyes, entre otras acciones necesarias para revertir la injusta y discriminatoria situación que viven hoy los pueblos indígenas, particularmente sus niños, niñas y adolescentes, y lograr una mejora sustantiva.
Argentina ha cumplido un rol fundamental durante las negociaciones y la adopción de la Declaración. Sin duda, esta posición estuvo influida por los cambios progresivos a su normativa específica sobre derechos de los pueblos indígenas, con la incorporación en la Constitución Nacional reformada en 1994 del artículo 75, inciso 17, que establece, entre otros considerandos, que corresponde al Congreso reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, y reconocer la personería jurídica de las comunidadesy la posesión comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; por otro lado, se encuentran la adopción del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la sanción de leyes nacionales y provinciales.
En este escenario, como sociedad tenemos que abogar para fortalecer el diálogo y respeto a la diversidad cultural, para que todos los niños, las niñas y adolescentes revaloricen la existencia de los pueblos indígenas, sus idiomas, culturas y cosmovisiones. Esto es fundamental para enriquecer nuestra sociedad actual y la de las futuras generaciones.
A los líderes y las autoridades de los pueblos originarios les reconocemos sus invalorables contribuciones en este largo camino hacia la incorporación de sus derechos específicos en los ámbitos nacional, regional e internacional. Hoy tenemos el desafío de establecer y fortalecer los procesos iniciados en un marco de diálogo constructivo en el ejercicio de sus derechos.Esperamos que este documento pueda servir de guía eficaz para un mejor conocimiento y una implementación efectiva de los derechos humanos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, sus niños, sus niñas y sus adolescentes.
Gladys Acosta VargasRepresentante de UNICEF Argentina

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